Si va a ser afectado por el fin de la moratoria de desalojos de California, esto es lo que debe saber para solicitar una ayuda de alquiler. (Andrew Neel/Pexels)
Ahora, todo lo que queda es que el gobernador Gavin Newsom firme el proyecto de ley, lo que parece probable. “El Gobernador apoya firmemente una extensión que continúe protegiendo a los inquilinos hasta bien entrado el verano y asegure que todos los solicitantes que cumplan con los requisitos estén protegidos bajo este programa de alivio de alquileres líder en el país a medida que se va acabando”, dijo la oficina de Newsom en un correo electrónico el jueves.
Recuerde, los inquilinos que no llenen la solicitud al programa antes de la fecha límite del jueves no recibirán ninguna protección contra el desalojo de esta nueva extensión, así que siga leyendo para lo que usted necesita saber acerca de hacer una solicitud de última hora.
A partir del viernes, los propietarios podrán llevar a sus inquilinos a los tribunales por no pagar el alquiler.
La moratoria de desalojo de California, las protecciones del estado para los inquilinos que no han podido pagar su alquiler, expiró a finales de septiembre de 2021.
Esto significa que, a partir del 1 de octubre de 2021, los arrendadores en California podrán volver a desalojar a los inquilinos por no pagar el alquiler. Y para evitar ser desalojados, los inquilinos que se han visto afectados económicamente por la pandemia de COVID-19 deben pagar una porción de su renta atrasada, y pueden solicitar una ayuda para el alquiler a través de programas estatales o locales. Pero el plazo del 31 de marzo para esta solicitud se aproxima rápidamente.
“Si cree que puede calificar para recibir ayuda para el alquiler, solicítela, y siempre es mejor hacerlo cuanto antes”, dijo en septiembre de 2021 Russ Heimerich, portavoz de la Agencia de Servicios Empresariales y de Vivienda.
Heimerich dijo en ese entonces que la agencia entendió que entre 800 mil y 1.5 millones de hogares en el estado se vieron afectados económicamente por la pandemia de coronavirus, y perdieron ingresos porque sus horas en el trabajo se redujeron o enfermaron, fueron despedidos o tuvieron responsabilidades de cuidado adicionales. Sin embargo, el estado ha tardado en distribuir las ayudas al alquiler (enlace sólo en inglés).
Defensores de los derechos de inquilinos aconsejan a la gente que no sólo solicite la ayuda para el alquiler, sino que también busquen ayuda legal si se enfrenta a un desalojamiento. Sin embargo, advierten que hay que tener paciencia, ya que tanto los programas de ayuda al alquiler, como los grupos de asistencia jurídica se encuentran manejando la gran cantidad de estos casos.
Siga leyendo para saber lo que los inquilinos deben saber sobre la solicitud de la ayuda al alquiler, o pase a los consejos de ayuda al alquiler para los propietarios. Y recuerde: Después del 31 de marzo, no podrá solicitar la ayuda al alquiler.
La ayuda para el alquiler: lo que los inquilinos deben saber
¿Cómo puedo saber si tengo derecho a ayuda para el alquiler?
Si solicita una ayuda para el alquiler, los fondos provendrán del estado o de su propio condado, dependiendo de dónde viva. También puede ser elegible para ambos.
Cuando visite el portal de ayuda con la renta de COVID-19 de California, se le indicará el lugar adecuado para solicitar este recurso en función de su ubicación, ya sea la ayuda estatal o la local. También puede utilizar este mapa estatal para ver si puede optar a la ayuda al alquiler estatal, a la local o a ambas:
¿La ayuda al alquiler es un préstamo? ¿Tengo que devolver el dinero que recibo?
No, no tiene que devolver al estado o a su condado el dinero de la ayuda que le den.
¿Aún existe una moratoria de desalojo en todo el estado?
La moratoria estatal de California sobre los desalojos expiró el pasado otoño, el 30 de septiembre de 2021.
Por su parte, los inquilinos afectados por dificultades por COVID-19 podrían evitar que un desalojo siga adelante, si demuestran que han solicitado el programa de ayuda al alquiler como defensa en el tribunal.
Debido a que la fecha límite para solicitar el programa de alivio del alquiler de California es el 31 de marzo de 2022, esto significa que el 1 de abril, estas protecciones de desalojo establecidas por el programa ya no estarán en vigor. Por eso es muy importante solicitar el alivio del alquiler antes de la fecha límite a fin de mes.
Mi condado o ciudad tiene su propia directriz de moratoria de desalojos. ¿También expirará?
Varias ciudades y condados de todo el estado tienen sus propias moratorias contra desalojos que seguirán vigentes después de que termine la del estado. En el Área de la Bahía, esos lugares son:
Las normas locales de San Francisco siguen prohibiendo los desalojos por una serie de motivos, como la de un propietario que quiera mudarse a su inmueble, las conversiones de condominios, el incumplimiento de contrato, las mejoras estructurales y la demolición. Pero los desalojos en San Francisco pueden avanzar por falta de pago del alquiler, problemas de salud o seguridad, o si el propietario decide retirar la vivienda del mercado de alquiler. San Francisco introducirá nuevas protecciones contra desalojos para los inquilinos a partir del 1 de abril.
He solicitado una ayuda de alquiler. ¿Pueden desalojarme mientras espero?
Desde que la moratoria oficial de desalojo expiró el 30 de septiembre de 2021, los inquilinos afectados debido a dificultades por COVID-19 podían evitar que se produjera un desalojo si presentaban su solicitud de ayuda pendiente como defensa en los tribunales.
Esto sigue siendo cierto para los inquilinos cuyas solicitudes han sido aprobadas. Sin embargo, a partir del 1 de abril, si usted es una de las personas cuyas solicitudes aún están pendientes o en revisión, ya no puede utilizar legalmente esa defensa en los tribunales.
No he solicitado la ayuda al alquiler. ¿Puedo solicitarla todavía?
Mi solicitud de ayuda al alquiler ha sido aprobada, pero no he recibido la notificación de que se ha pagado. ¿Qué debo hacer?
Usted no es el único. Las ayudas al alquiler tardan mucho en distribuirse (enlace sólo en inglés) porque California está muy atrasada en sus esfuerzos por ayudar a las personas con dificultades por COVID-19 a pagar sus alquileres atrasados.
Esta afirmación está respaldada por un informe publicado por National Equity Atlas a principios de este mes (enlace sólo en inglés), según el cual, tras un año del programa estatal de ayuda al alquiler, sólo el 16% de los solicitantes ha recibido dinero, en gran parte debido a los retrasos burocráticos.
Los defensores recomiendan tener paciencia y ponerse en contacto con el Departamento de Vivienda y Desarrollo Comunitario (o HCD, por sus siglas en inglés) a través del con el Centro de Llamadas de Ayuda al Alquiler de California de COVID-19
al (833) 430-2122.
Madeline Howard, abogada principal del Western Center on Law and Poverty, dice que si ha recibido un aviso de “pague o abandone”, o un aviso de desalojo de su arrendatario, recomienda decir al HCD que necesita que agilicen su solicitud. El departamento trabaja en base a una lista de prioridades, y su solicitud podría ser considerada más pronto si usted está en una situación de emergencia.
¿Por qué se tarda tanto en distribuir la ayuda al alquiler?
El sistema tardó en ponerse en marcha. En septiembre de 2021, Heimerich, de la Agencia de Empresas, Servicios al Consumidor y Vivienda, dijo que la agencia había contratado más personal para revisar las solicitudes y procesar los pagos más rápidamente. Heimerich también dijo que las solicitudes son mucho menos complicadas de lo que eran antes, y deberían llevar a los solicitantes entre 30 minutos y una hora en completarlas.
¿Qué debo hacer si el propietario me acosa para que me vaya porque no he pagado el alquiler?
“Su arrendatario no puede acosarlo. Eso va en contra de la ley. Y usted debe buscar ayuda legal y permanecer en su casa”, dice Madeline Howard, abogada del Western Center on Law & Poverty en Sacramento.
¿Qué debo hacer si recibo un aviso de “pague o abandone” (es decir, un aviso de desalojo)?
En cuanto a los pasos concretos que hay que dar, Lorraine López, abogada principal del Western Center on Law and Poverty, dice que la primera acción inmediata debe ser solicitar ayuda para la renta. “Incluso ahora, tener una solicitud pendiente proporciona a los inquilinos una capa de protección y puede detener cualquier procedimiento de desalojo”, dice.
En tercer lugar, no se mude, dice López. “A esto lo llamamos ‘auto desalojo'”, explica, y aunque “muchos inquilinos piensan que un aviso es suficiente para desalojarlos, en California el propietario necesita obtener una orden judicial para sacarlo de su casa”. Así que hasta que un tribunal no haya emitido una orden para que se mude, no se vaya.
“En algunas ciudades y condados, el propietario puede enfrentarse no sólo a sanciones penales si le echa de su casa por la fuerza sin una orden judicial, sino también a sanciones monetarias si el inquilino presenta una demanda. En el momento en que se va, usted pierde muchas protecciones valiosas e incluso puede acabar con una sentencia en tu contra”, dice López.
¿Qué pasa si me niegan la ayuda al alquiler?
Heimerich, de la Agencia de Vivienda y Servicios al Consumidor, dice que es muy raro que a la gente se le niegue la ayuda al alquiler, y que ocurre en menos del 1% de los casos.
Sin embargo, Howard dice que si se le niega y cree que debería calificar, debe llamar a su agencia local de ayuda legal con la negación del estado y ellos pueden ayudarle a presentar una apelación.
¿Puedo obtener ayuda para pagar mis servicios públicos?
Si ha tenido una dificultad debido a COVID-19 y gana menos del 80% de los ingresos medios de su condado, también puede solicitar que le paguen los servicios públicos (como la luz y el agua).
¿Y si no tengo un contrato de alquiler tradicional? ¿Puedo solicitar una ayuda para la renta?
Sí, puede solicitar la ayuda para la renta incluso si sólo tiene un acuerdo informal o verbal, según Howard. Sólo tiene que indicar en la solicitud el alquiler mensual que ha acordado pagar y el importe total del alquiler atrasado que debe.
Howard subrayó que “la agencia estatal sí acepta solicitudes de ayuda al alquiler de unidades que son una especie de vivienda no tradicional, ya sea un garaje convertido, o algún tipo de vivienda en la parte trasera, una casa rodante o lo que sea”.
No puedo pagar la renta de este mes. ¿Puedo obtener ayuda para ello?
Sí. Si tiene dificultades para pagar la renta debido a una dificultad relacionada con COVID-19, puede obtener una ayuda para el pago de la renta que le ayudará a pagar la renta futura durante un máximo de tres meses. Una vez transcurridos esos tres meses, puede volver a solicitar la ayuda por otro periodo de hasta tres meses. Pero recuerde: La fecha límite para presentar la solicitud es el 31 de marzo.
La ayuda para la renta: Lo que los propietarios deben saber
¿Dónde puedo solicitar la ayuda para el alquiler?
Usted y su inquilino pueden presentar la solicitud en el mismo lugar, en housingiskey.org.
Si su propiedad está en el condado de Santa Clara, el condado de Alameda o el condado de Sonoma (enlace sólo en inglés), es posible que usted y su inquilino también puedan obtener asistencia a través de un programa local de ayuda al alquiler.
¿Qué debo hacer para presentar un desalojo a partir del 1 de octubre de 2021?
“A partir del 1 de octubre, los propietarios de viviendas de alquiler que no hayan recibido la renta de sus inquilinos podrán proceder a un desalojo. Sin embargo, ya no es la misma manera en que se procedía a los desalojos antes de la pandemia”, dice Debra Carlton, vicepresidenta ejecutiva de asuntos gubernamentales estatales y cumplimiento de la Asociación de Apartamentos de California.
Los propietarios pueden emitir un aviso de tres días para “pagar o abandonar”, pero deben notificar al inquilino que tiene derecho a solicitar ayuda para el alquiler. La ley da a los inquilinos 15 días para solicitar una ayuda para el alquiler y presentar un formulario de dificultades económicas por COVID-19.
Si el inquilino no solicita la ayuda al alquiler, el propietario debe solicitarla ella/él mismo. El tribunal no emitirá una citación si el propietario del inmueble no ha solicitado la ayuda. Sin embargo, el inquilino debe rellenar una solicitud. Si el propietario ha solicitado la ayuda y el inquilino no rellena su solicitud en el plazo de 20 días, o si no cumple los requisitos, el propietario puede proceder al desalojo.
¿Qué pasa si mi inquilino y yo hemos solicitado ayuda al alquiler, pero la solicitud aún no ha sido aprobada?
Los expertos aconsejan aguantar y esperar a que se tramite la solicitud.
Si el inquilino puede demostrar que está esperando a que se resuelva su solicitud de ayuda al alquiler, o que está esperando a que se distribuyan los fondos, puede utilizarlo como defensa en los procedimientos judiciales de desalojo.
¿Qué ocurre si mi inquilino no ha pagado, pero se ha negado a participar en la solicitud de ayuda al alquiler?
En este caso, el propietario del alquiler puede proceder al desalojo.
La reciente ley, AB 832 (enlace sólo en inglés), dice que los propietarios recibirán el 100% de los alquileres atrasados. ¿Significa esto que tengo garantizado recibir el 100% del alquiler atrasado?
Si su inquilino califica, en el sentido de que han sido afectados por COVID-19, y ganan por debajo del 80% de los ingresos medios del área, usted recibirá el 100% de su alquiler atrasado.
Este artículo se publicó originalmente el 23 de septiembre de 2021, e incluye el reportaje de la periodista Carly Severn de KQED.
Una versión anterior de este artículo decía que se podía proceder al desalojo si el estado no tomaba una decisión sobre la solicitud de ayuda al alquiler del propietario después de 20 días. Esto ha sido corregido para decir que un desalojo puede proceder si, después de que un propietario solicita el alivio del alquiler, el inquilino no lo solicita también dentro de los 20 días.